Dudas y preguntas ITE

Fisuras y grietas en las paredes y fachadas.

publicado a la‎(s)‎ 1 feb 2012, 3:36 por j@itefavorable.com

Las fisuras y grietas pueden aparecer sobre elementos estructurales o en otros carentes de ella. Las principales causas de este tipo de lesión se exponen a continuación:

 

    Acciones mecánicas de origen estructural. (Asentamientos de cimentaciones).

    Acciones higrotérmicas. (variación de dimensiones del revestimiento por los cambios de humedad y temperatura)

    Defectos de proyecto. (Como falta de juntas de dilatación)

    Defectos de ejecución. (Uso de materiales defectuosos o mala praxis)

    Acciones exteriores. (Como acción del hombre)

Inspección Técnica de Edificios (ITE). Procedimiento 2012

publicado a la‎(s)‎ 11 ene 2012, 9:53 por j@itefavorable.com   [ actualizado el 11 ene 2012, 10:23 ]

Inspección Técnica de Edificios (ITE). Procedimiento 2012

Las actas de inspección técnica que se emitan a resultas de las inspecciones deberán contener toda la información relativa a las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro descritas en el artículo 7 de la vigente Ordenanza, haciendo referencia necesariamente a los siguientes apartados:
  • Estado de la estructura y cimentación.
  • Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial los que pudieran suponer un peligro para las personas, tales como cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales, entre otros.
  • Estado de conservación de cubiertas y azoteas. 
  • Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.
  • Estado de los elementos de accesibilidad existentes en el edificio.
    Además de lo anterior, todas las actas de inspección técnica deberán contener información sobre el comportamiento térmico del edificio. El contenido de esta información servirá para el establecimiento de medidas de fomento de la eficiencia energética de las edificaciones, sin que en ningún caso pueda tener efectos para el resultado, favorable o desfavorable, de la inspección.

La obligación de efectuar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) corresponde a los propietarios de los mismos. Para facilitar su realización, el Ayuntamiento elabora un padrón de edificios sujetos a inspección, que se expone al público durante un plazo de 30 días en el último trimestre del año anterior al inicio del plazo correspondiente. 


Destinatarios

Propietarios de edificios sujetos a inspección

¿Debo pasar la ITE sólo en mi vivienda o en todo el edificio?

publicado a la‎(s)‎ 21 dic 2011, 1:04 por j@itefavorable.com

Cada comunidad de vecinos debe realizar una única ITE que incluya todas las viviendas tras llegar a un acuerdo entre todos los propietarios.

Cualquier informe que se refiera a una sola vivienda dentro de una comunidad de propietarios, no tendrá validez ante el Ayuntamiento, así que es necesario llegar a un consenso entre los vecinos y si no se alcanzase el mismo, deberá resolverse por vía judicial ordinaria.

Empresas de ITEs en España.

publicado a la‎(s)‎ 20 dic 2011, 4:17 por j@itefavorable.com

    En este sección podrá encontrar a  todos aquellos arquitectos o empresas relacionadas con las Inspecciones Técnicas de Edificación  interesados en publicitarse en esta web. 

    Es importante remarcar que ITE Favorable es totalmente independiente de quien se anuncie aquí. Además no nos hacemos responsable de su manera de actuar, lo que tampoco quiere decir que no sean perfectamente competentes y profesionales.  

¿Cuándo tiene que pasar la ITE un edificio?

publicado a la‎(s)‎ 20 dic 2011, 3:52 por j@itefavorable.com   [ actualizado el 20 dic 2011, 3:53 ]

En la Comunidad de Madrid, un edificio debe pasar la ITE cuando cumpla 30 años de la finalización de la construcción, después de esta primera inspección, cada 10 años.

Los edificios construidos en 1980, durante el año 2010.
Durante el año 2011 y siguientes, estarán obligados a efectuar la primera inspección técnica dentro del año siguiente a aquel en que cumplan 30 años desde la fecha de terminación.


¿Es necesario hacer la obras de la ITE desfavorable antes de que termine el año?

publicado a la‎(s)‎ 20 dic 2011, 3:46 por j@itefavorable.com

    Es una típica pregunta, la respuesta es que NO.

    Si el Ayuntamiento ha requerido a la propiedad que hagan la inspección en un año concreto, la obligación es presentar el Acta de Inspección antes del 31 de diciembre de ese año.

    Y es posible acometer las obras pertinentes durante el año siguiente, sin SANCIÓN.

¿Cuánto tiempo se tarda en pasar la ITE?

publicado a la‎(s)‎ 20 dic 2011, 3:40 por j@itefavorable.com

DURACIÓN  APROXIMADA DE ITE FAVORABLE:


    En 48 horas desde la primera visita tendrá entregado en mano el Informe Técnico de la Edificación  FAVORABLE registrado en el Ayuntamiento y firmado por el Arquitecto competente.

PARA VER EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR ITE FAVORABLE HAGA CLICK AQUÍ.



DURACIÓN  APROXIMADA DE LAS EMPRESAS DE ITE:

La duración total desde la visita hasta la entrega de la documentación varía generalmente entre 2  y 4 semanas.
Desde el momento en el que el propietario acepta un presupuesto, fijan la fecha de la inspección, que suele ser para la semana siguiente.
La duración de la inspección es aproximadamente de entre 1 y 3 horas, dependiendo del tamaño del edificio y de la complejidad de las lesiones encontradas.
Tras la inspección, el informe  se redacta y se solía visar  por el Colegio de Arquitectos en aproximadamente 7 a 10 días (ahora con la firma del profesional es suficiente), momento en el cuál suelen a la propiedad para que acuda a las oficina para firmarlo y abonarlo.Tras esto, lo presentan en el ayuntamiento y les envían una copia sellada por correo.

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